Fase 5: Distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Resolución Nº 183/20 D.E.M.
Se autorizan las actividades náuticas recreativas de esparcimiento y la pesca deportiva de costa, embarcada a remo y embarcada a motor. – de jueves a lunes – estricto cumplimiento de medidas sanitarias – cada embarcación deberá contar con elementos de desinfección – 2 o 3 ocupantes por embarcación – uso obligatorio de tapaboca y mantener la distancia – prohibido compartir elementos personales